De acuerdo con la ley 100 de 1993, el carácter universal de la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en salud SGSSS, con lleva a dos tipos de obligaciones: por un lado, la obligación de todo empleador de afiliar a sus trabajadores a este sistema y por el otro, la obligación del Estado de facilitar la afiliación a quienes carezcan de vinculo con algún empleador o de capacidad de pago.(Art.153 ).
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El trabajo integrado que se viene realizando con cada uno de los Entes Municipales, nos permite mostrar resultados eficientes, en calidad de base de datos, liberación de recursos para ampliación de cupos, lo cual permite ver reflejado el incremento en el subsidio a la Demanda y disminución en el Subsidio a la oferta. Dentro de este contexto, Casanare es uno de los departamentos que presenta cobertura Universal desde el año 2004.
El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el valor de la sostenibilidad de la afiliación está de acuerdo a la unidad de pago por capitación (UPC-S) en el mes de Diciembre de cada año emiten el acuerdo para ser aplicado el año siguiente, por ejemplo la upc-s del 2007, se dio a conocer el 23 de diciembre del 2006 con el Acuerdo 251 el valor de la upc-s para el resto de los municipios de departamento fue de $ 270.720 y para la capital ( Yopal) de $ 227.526. |